Campo Requerido
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Subvenciones para actividades FNDR 8%

La Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2024, especialmente lo dispuesto en Concurso de Vinculación con la Comunidad 8%:, que señala: “Los gobiernos regionales podrán destinar hasta un 8% del total de sus recursos del programa de inversión regional para subvencionar las siguientes actividades: a) culturales, b) deportivas y del programa Elige Vivir Sano, c) de seguridad ciudadana, d) de participación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes de acuerdo a lo establecido en el artículo N°6, letra p) de la Ley N° 21.302, e) de carácter social, incluyendo programas y actividades para la atención de personas discapacitadas con dependencia severa, y de prevención y rehabilitación de drogas, f) de atención de adultos mayores e integración y promoción del envejecimiento activo, g) de protección del medioambiente y de educación ambiental, y h) asociados con adopción, rescate, atención y tratamiento veterinario, y gestión de residuos de animales, que efectúen municipalidades, otras entidades públicas, instituciones privadas sin fines de lucro, organizaciones de la sociedad civil y agrupaciones comunitarias sin fines de lucro”.

En este contexto, el objeto del presente instructivo es orientar y reglamentar la presentación de actividades al FNDR 8%, postulando online a financiamiento en el año 2024, en los ámbitos de Deportes, Cultura, Seguridad Ciudadana y Protección del Medio Ambiente y Educación Ambiental que presenten las instituciones privadas sin fines de lucro, siempre que al momento de postular tengan una personalidad jurídica de dos años de antigüedad y vigente.


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Iniciativas Culturales

Iniciativas Deportivas

Iniciativas Sociales

Iniciativas de Seguridad Ciudadanas

Iniciativas Medio Ambiente

ADOPCIÓN, RESCATE, ATENCIÓN Y TRATAMIENTO VETERINARIO

Postulación a Financiamiento para Programas

La presente Guía Normativa de tiene por objeto regular el procedimiento de presentación y evaluación de iniciativas de inversión asociadas a las respectivas Glosas que se detallan, correspondientes a transferencias subtítulo 33 consideradas en las glosas 7.1, 7.2 y 7.7 que postulen su etapa de ejecución, para ser financiadas con recursos del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL, contemplado en la Ley de Presupuestos del sector público vigente.

Las entidades que pueden optar a recursos asociados al Fondo Nacional de Desarrollo Regional a través de Transferencias del Subtítulo 33 serán señaladas en las respectivas Glosas presupuestarias del ejercicio presupuestario en curso, esto es:

Glosa 7.1 : Transferencias a instituciones cuyos presupuestos se aprueben en esta ley, instituciones privadas sin fines de lucro, municipalidades y a las instituciones de educación superior referidas en los literales a), b) y c) del artículo 52, del D.F.L. N°2, de 2010, Ministerio de Educación, que cuenten con acreditación institucional de conformidad con la ley N° 20.129, para el financiamiento de proyectos, programas y estudios contenidas en la normativa de las entidades señaladas.


Glosa 7.7 : Transferencias a corporaciones o fundaciones constituidas con participación del Gobierno Regional del Maule, en cuanto al financiamiento de programas o proyectos, el porcentaje de su costo que no financie el gobierno regional no podrá ser financiado por otra institución pública y deberá ser de carácter pecuniario.
Glosa 5.12 Transferencias : Instituciones identificadas en la Ley de Presupuesto para dicha Glosa para los programas que sean ahí señalados.

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Postulación a Financiamiento para Programas


CIRCULAR 33

I.- DESCRIPCIÓN GENERAL

El presente Instructivo regula el procedimiento de evaluación y ejecución de proyectos que tienen como objetivo la Adquisición de Activos No financieros y las Conservaciones de Infraestructura Pública, que son regulados por la Circular N° 33 de 13.07.2009 del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, y que son financiados con cargo al Fondo Nacional de Desarrollo Regional F.N.D.R., contemplado en la Ley de Presupuestos del sector público.

II.- DEFINICIONES

ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

Los activos no financieros correspondientes al subtítulo 29 de la Ley de Presupuesto, corresponden a los gastos para formación de capital y compra de activos físicos existentes. Las instrucciones de la Circular 36 considera la adquisición de activos no financieros siempre y cuando no forme parte de un proyecto de inversión.

Cualquier otra adquisición de activos no financieros, que sean parte integrante de una iniciativa de inversión, deberá atender las indicaciones del Clasificador Presupuestario y del SNI, no debiendo presentarse como iniciativas independientes. Edificios: son los gastos por concepto de compra de viviendas, edificios, locales y otros similares.

Vehículos: Son los gastos por concepto de adquisición de equipos empleados para transportar personas y objetos, e incluye la compra de automóviles, station wagons, furgones, buses, buques, aeronaves, remolques y semirremolques y/o cualquier otro tipo de vehículo motorizado no ligados a proyecto de inversión. Incluye vehículos de tracción animal.

Mobiliario y otros: Son los gastos por concepto de adquisición de mobiliario de oficinas y de viviendas, muebles de instalaciones educacionales, hospitalarias, policiales, etc. Asimismo, incluye los gastos en otros enseres destinados al funcionamiento de oficinas, casinos, edificaciones y otras instalaciones públicas.

Máquinas y Equipos: Son los gastos por concepto de adquisición de máquinas, equipos y accesorios para el funcionamiento, producción o mantenimiento que no formen parte de un proyecto. Considera las siguientes asignaciones: Máquinas y Equipos de Oficina, Maquinarias y Equipos para la Producción y otras.

Equipos Informáticos: Considera las siguientes asignaciones:
Equipo computacional y Periféricos: Son los gastos por concepto de adquisición de equipos computacionales y unidades complementarias, tales como: UPS, lectores de cinta impresora, lectoras grabadoras de CD-ROM, etc.

Equipos de Comunicaciones para Redes Informáticas: Son los gastos por concepto de adquisición de equipos de comunicaciones, tales como Router, Hub, Firewall, Balanceador de Carga, Scanner de Red, Patch Panel, etc.

Programas Informáticos: Considera las siguientes asignaciones:
Programas Computacionales: Son los gastos por concepto de adquisición de uso software, tales como procesadores de texto, planillas electrónicas, bases de datos, etc.

Sistemas de Informáticos: Son los gastos por concepto de software diseñados específicamente o adecuados a las necesidades de la institución, a partir de un producto genérico, o la contratación de un servicio de desarrollo de software del que resulte un producto final, cuya propiedad intelectual pertenecerá a la institución.

CONSERVACIONES

Se define como proyectos de mantención aquella "decisión sobre el uso de recursos con el fin de mantener la producción de bienes y servicios. Se materializa por lo general en una obra física. Normalmente su ejecución se financia con gasto de capital o inversión y su operación con gasto corriente o de funcionamiento".

Los proyectos de mantención de infraestructura pública deben crearse en el Banco Integrado de Proyectos (BIP) bajo el proceso de Conservación. De acuerdo a las Instrucciones NIP 2023 el proceso de Conservación se define como "Acción tendiente a mantener los estándares que corresponde a un funcionamiento predeterminado."

1. Las obras de reposición de pavimentos y obras anexas, que no afectan la capacidad ni la materialidad de la vía, ni tampoco modifica de manera significativa su geometría. Así mismo se entenderá por obras anexas, en el caso de vías interurbanas, aquellas referidas a obras de arte, señales y elementos de seguridad y las obras de habilitación, reposición y/o mejoramiento del saneamiento de un camino. En el caso de vías urbanas se entenderán por obras anexas a las veredas y soleras. Estas obras anexas podrán ejecutarse en forma independiente de las vías.

2. Las obras de "reparaciones menores", correspondientes a aquellas intervenciones de edificación pública cuyo costo total sea menor o igual al 30% del costo total de reponer el activo. En caso contrario, el proyecto debe ingresar al Sistema Nacional de Inversiones (SNI).




Fondo de Innovación para la Competitividad (FIC)

El Fondo de Innovación para la Competitividad (FIC) es una asignación anual de recursos que recibe el Gobierno Regional para potenciar el desarrollo económico de la región, mediante la ejecución de proyectos de investigación que generan conocimiento aplicable a los sectores productivos, aumentando así las oportunidades de desarrollo y calidad de vida de las personas.

El FIC nació en el año 2006, al alero de los ingresos percibidos por el royalty a la minería, constituyéndose en una importante herramienta de financiamiento público para el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en el país. En 2008, un 25% de estos recursos, comenzó a ser distribuido en regiones para promover la competitividad de los distintos sectores productivos e impulsar procesos de cambio, con foco en las demandas de cada territorio.

El FIC Regional (FIC-R) es ejecutado por el Gobierno Regional, mediante dos vías, la primera a través de agencias públicas especializadas (CORFO, Innova Chile, FIA, Conicyt, entre otras) que reciben recursos para desarrollar sus líneas de trabajo que se ajustan a requerimientos regionales; y la segunda, a través de un concurso público dirigido a Universidades y Centros de I+D.

A dicho concurso pueden postular las universidades estatales o reconocidas por el Estado que se encuentren acreditadas; instituciones incorporadas en los registros de centros para la realización de actividades de I+D establecidas en la Ley N° 20.241; y aquellas que cumplan con los requisitos exigidos en el Decreto N° 68, del 23 de febrero de 2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Los recursos del FIC-R de la Región del Maule buscan apoyar iniciativas que impacten o mejoren la capacidad Regional de emprender e innovar, en particular aquellas orientadas a acortar las brechas y/o aprovechar las fortalezas y ventajas comparativas identificadas y descritas en los documentos elaborados, durante el proceso de construcción de la Estrategia Regional de Innovación del Maule.


Fondo de Innovación para la Competitividad 2021 (FIC 2021)

El Fondo de Innovación para la Competitividad (FIC) es una asignación anual de recursos que recibe el Gobierno Regional para potenciar el desarrollo económico de la región, mediante la ejecución de proyectos de investigación que generan conocimiento aplicable a los sectores productivos, aumentando así las oportunidades de desarrollo y calidad de vida de las personas.

El FIC nació en el año 2006, al alero de los ingresos percibidos por el royalty a la minería, constituyéndose en una importante herramienta de financiamiento público para el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en el país. En 2008, un 25% de estos recursos, comenzó a ser distribuido en regiones para promover la competitividad de los distintos sectores productivos e impulsar procesos de cambio, con foco en las demandas de cada territorio.

El FIC Regional (FIC-R) es ejecutado por el Gobierno Regional, mediante dos vías, la primera a través de agencias públicas especializadas (CORFO, Innova Chile, FIA, Conicyt, entre otras) que reciben recursos para desarrollar sus líneas de trabajo que se ajustan a requerimientos regionales; y la segunda, a través de un concurso público dirigido a Universidades y Centros de I+D.

A dicho concurso pueden postular las universidades estatales o reconocidas por el Estado que se encuentren acreditadas; instituciones incorporadas en los registros de centros para la realización de actividades de I+D establecidas en la Ley N° 20.241; y aquellas que cumplan con los requisitos exigidos en el Decreto N° 68, del 23 de febrero de 2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Los recursos del FIC-R de la Región del Maule buscan apoyar iniciativas que impacten o mejoren la capacidad Regional de emprender e innovar, en particular aquellas orientadas a acortar las brechas y/o aprovechar las fortalezas y ventajas comparativas identificadas y descritas en los documentos elaborados, durante el proceso de construcción de la Estrategia Regional de Innovación del Maule.

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Fondo de Inversión Competitiva


Fondo de Innovación para la Competitividad 2022 (FIC 2022)

Fecha de cierre de postulaciones, lunes 01 de agosto del 2022 a las 23:59 hrs.

El Fondo de Innovación para la Competitividad (FIC) es una asignación anual de recursos que recibe el Gobierno Regional para potenciar el desarrollo económico de la región, mediante la ejecución de proyectos de investigación que generan conocimiento aplicable a los sectores productivos, aumentando así las oportunidades de desarrollo y calidad de vida de las personas.

El FIC nació en el año 2006, al alero de los ingresos percibidos por el royalty a la minería, constituyéndose en una importante herramienta de financiamiento público para el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en el país. En 2008, un 25% de estos recursos, comenzó a ser distribuido en regiones para promover la competitividad de los distintos sectores productivos e impulsar procesos de cambio, con foco en las demandas de cada territorio.

El FIC Regional (FIC-R) es ejecutado por el Gobierno Regional, mediante dos vías, la primera a través de agencias públicas especializadas (CORFO, Innova Chile, FIA, Conicyt, entre otras) que reciben recursos para desarrollar sus líneas de trabajo que se ajustan a requerimientos regionales; y la segunda, a través de un concurso público dirigido a Universidades y Centros de I+D.

A dicho concurso pueden postular las universidades estatales o reconocidas por el Estado que se encuentren acreditadas; instituciones incorporadas en los registros de centros para la realización de actividades de I+D establecidas en la Ley N° 20.241; y aquellas que cumplan con los requisitos exigidos en el Decreto N° 68, del 23 de febrero de 2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Los recursos del FIC-R de la Región del Maule buscan apoyar iniciativas que impacten o mejoren la capacidad Regional de emprender e innovar, en particular aquellas orientadas a acortar las brechas y/o aprovechar las fortalezas y ventajas comparativas identificadas y descritas en los documentos elaborados, durante el proceso de construcción de la Estrategia Regional de Innovación del Maule.

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Fondo de Inversión Competitiva


Fondo de Innovación para la Competitividad 2023 (FIC 2023)

El Fondo de Innovación para la Competitividad (FIC) es una asignación anual de recursos que recibe el Gobierno Regional para potenciar el desarrollo económico de la región, mediante la ejecución de proyectos de investigación que generan conocimiento aplicable a los sectores productivos, aumentando así las oportunidades de desarrollo y calidad de vida de las personas.

El FIC nació en el año 2006, al alero de los ingresos percibidos por el royalty a la minería, constituyéndose en una importante herramienta de financiamiento público para el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en el país. En 2008, un 25% de estos recursos, comenzó a ser distribuido en regiones para promover la competitividad de los distintos sectores productivos e impulsar procesos de cambio, con foco en las demandas de cada territorio.

El FIC Regional (FIC-R) es ejecutado por el Gobierno Regional, mediante dos vías, la primera a través de agencias públicas especializadas (CORFO, Innova Chile, FIA, Conicyt, entre otras) que reciben recursos para desarrollar sus líneas de trabajo que se ajustan a requerimientos regionales; y la segunda, a través de un concurso público dirigido a Universidades y Centros de I+D.

A dicho concurso pueden postular las universidades estatales o reconocidas por el Estado que se encuentren acreditadas; instituciones incorporadas en los registros de centros para la realización de actividades de I+D establecidas en la Ley N° 20.241; y aquellas que cumplan con los requisitos exigidos en el Decreto N° 68, del 23 de febrero de 2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

Los recursos del FIC-R de la Región del Maule buscan apoyar iniciativas que impacten o mejoren la capacidad Regional de emprender e innovar, en particular aquellas orientadas a acortar las brechas y/o aprovechar las fortalezas y ventajas comparativas identificadas y descritas en los documentos elaborados, durante el proceso de construcción de la Estrategia Regional de Innovación del Maule.


Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL) 2023

El Instructivo tiene por objeto regular el procedimiento de postulación, evaluación y ejecución de proyectos de inversión, en su etapa de ejecución, que se financien con recursos del Fondo Regional de Iniciativa Local, con cargo al Fondo Nacional de Desarrollo Regional, contemplado en la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente.

POSTULACIÓN

Sólo pueden postular proyectos a la presente convocatoria al Fondo Regional de Iniciativa Local, las Municipalidades de la Región del Maule, ciñéndose a la forma, plazo requisitos y demás estipulaciones del presente instructivo.

OBJETIVOS DEL PROGRAMA

La identificación y el ordenamiento de prioridades de desarrollo de la Región del Maule, radica en las condiciones individuales de cada territorio y de su gente. La inversión en infraestructura pública permite acceder a más y mejores servicios, mejora la calidad de vida de las maulinas y maulinos, aporta a una mayor equidad territorial y también contribuye a crear condiciones para el aumento de la productividad de la economía local. Las iniciativas deben propender a un desarrollo territorial resiliente y sostenible mediante servicios de infraestructura de calidad al servicio de las personas, promoviendo el desarrollo rural integral y el desarrollo urbano sostenible, con especial énfasis a las políticas de equidad de género y de inclusión de la mujer en la vida social y profesional a través de la construcción de espacios de encuentro y capacitación de mujeres (Centro de la Mujer).

CONVOCATORIA
Del Costo Total de una Iniciativa:
El numeral 7.9, de la glosa antes citada de la Ley de Presupuesto vigente dispone que “Los proyectos que se ejecuten con recursos transferidos a los municipios a través de este ítem, cuyo costo total por proyecto sea inferior a 3.000 UTM, valorizadas al 1 de enero del ejercicio presupuestario vigente, no requerirán informe favorable del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.” Ahora bien, considerando que el presupuesto regional se gestiona en miles de pesos (M$), se recomienda, no presentar proyectos cuyo monto supere, en el ejercicio vigente los M$ 185.307.- (ciento ochenta y cinco millones trecientos siete mil pesos), para ser evaluado por el Gobierno Regional del Maule. Las iniciativas que sobrepasen el monto indicado en este párrafo serán enviadas, para su evaluación, al Ministerio de Desarrollo Social y Familia, conforme a lo dispone la glosa citada.

De la asignación de Recursos por Comuna:
Se asignarán 15.000 UTM a cada comuna de la Región del Maule, valorizadas a enero de 2023, que establezca la glosa que regula el Fondo Regional de Iniciativa Local, contenida en las Glosas comunes para todos los Gobiernos Regionales, contenida en la Ley de Presupuestos del Sector Público Vigente para el ejercicio presupuestario en que la iniciativa se encuentra en proceso de evaluación.

De la postulación y plazos Fondo Regional Iniciativa Local año 2023:
El proceso de postulación de iniciativas de inversión al Fondo Regional de Iniciativa Local, año 2023, se realizará a través de la plataforma digital Maule Pro, a la que se accede desde la página web del Gobierno Regional del Maule (www.goremaule.cl). Los municipios deberán ingresar sus proyectos a la plataforma digital Maule Pro a contar de la fecha de publicación de este Instructivo de Postulación, hasta el 31 de agosto de 2023. Se podrán ingresar un máximo de dos iniciativas por mes y la prioridad de revisión será por orden de ingreso. El Acta de Evaluación de cada iniciativa de inversión, será remitida al Municipio, vía correo electrónico, por la plataforma digital Maule Pro del Gobierno Regional. Los municipios deberán ingresar sus respuestas de observaciones a la plataforma digital Maule Pro, hasta el 31 de diciembre de 2023. Para ser seleccionadas para ejecución, las iniciativas presentadas en esta convocatoria deberán obtener la recomendación favorable, hasta el 29 de febrero de 2024. La digitalización del proceso de postulación al Fondo Regional de Iniciativa Local, año 2023, responde al compromiso del Gobierno Regional del Maule con el cuidado y conservación del Medio Ambiente y también para promover las políticas de modernización e innovación pública al interior de la Administración del Estado.

ÁREAS DE TRABAJO

El Fondo Regional de Iniciativa Local financiará proyectos que tengan como propósito mejorar la infraestructura comunal en las siguientes áreas de trabajo que se describen a continuación:
a) Urbanización Básica: Mejoramiento y/o ampliación de redes de agua potable, alcantarillado sanitario, uniones domiciliarias, alcantarillado pluvial, iluminación pública, telefonía y conectividad, entre otros.

b) Vialidad: Pavimentación, reparación, mejoramiento de calzadas, pasajes, veredas, obras de arte, construcción de pasarelas, demarcaciones, señalización y equipamiento complementario a la vialidad.

c) Habilitación de Espacios Públicos: Permite habilitar espacios públicos que sean de uso cotidiano de la población y que signifiquen una mejora de su entorno. Se financiarán proyectos como construcción y/o reposición de áreas verdes, contemplando en ellas mobiliario urbano (bancas, basureros, jardineras, juegos infantiles, etc.), refugios peatonales, piletas, iluminación pública, etc.

d) Construcciones Comunitarias: Permite habilitar espacios para el desarrollo de actividades de encuentro comunitario a nivel local. Se financiarán proyectos de construcción, ampliación, reparación, etc., de Centros de la Mujer, Sedes Sociales, Salones Multiusos, Centros Culturales, Recintos Deportivos, etc.

e) Construcciones de Servicios Públicos: Permite construir, habilitar, mejorar o ampliar edificios públicos, tales como Escuelas, Postas Rurales de Salud, etc.

Cada iniciativa de inversión podrá destinar hasta un monto equivalente al 20% del costo total de las Obras Civiles para incorporar el Ítem Equipamiento y/o Equipos, considerándolos en el presupuesto (según como se indica en el Anexo N°2) y adjuntando una cotización de las unidades involucradas en los ítems.

Obras Civiles: Corresponde a las construcciones de edificios o de infraestructura en general, tales como Sedes Sociales, Escuelas, Plazas Públicas, Obras Viales, etc.

Equipos: Corresponde a maquinarias y/o equipos necesarios para el funcionamiento del inmueble, tales como Cocina, Refrigerador, Microonda, Generador Eléctrico, Panel Solar, Aire Acondicionado, etc.

Equipamiento: Corresponde a los bienes que permiten la implementación del inmueble tales como Sillas, Mesas, Escritorios, Estantes, Muebles, Escaños, Máquinas de Ejercicio y/o Juegos, etc.

Aquellas iniciativas que, por su complejidad, requieran la incorporación del ÍTEM CONSULTORÍAS para la contratación exclusiva de ASESORÍA A LA INSPECCIÓN DE OBRAS y con ello asegurar la calidad de la inversión, podrán considerar hasta un 5% del costo total de las obras civiles, debiendo adjuntar los Términos Técnicos de Referencia de la asesoría y la programación de pago que avale la solicitud.


Manual de Postulación


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Fondo Regional de Iniciativa Local


FRIL BOMBEROS


FRIL SALUD


FRIL REDUCTORES DE VELOCIDAD




Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL)

El Instructivo tiene por objeto regular el procedimiento de postulación, evaluación y ejecución de proyectos de inversión, en su etapa de ejecución, que se financien con recursos del Fondo Regional de Iniciativa Local, con cargo al Fondo Nacional de Desarrollo Regional, contemplado en la Ley de Presupuestos del Sector Público vigente.

POSTULACIÓN

Sólo pueden postular proyectos a la presente convocatoria al Fondo Regional de Iniciativa Local, las Municipalidades de la Región del Maule, ciñéndose a la forma, plazo requisitos y demás estipulaciones del presente instructivo.

OBJETIVOS DEL PROGRAMA

La presente convocatoria especial, se funda en la necesidad de regularizar y actualizar la situación de un universo de proyectos postulados por diversos municipios de la región, entre los años 2019 al 2021, los que, habiendo obtenido recomendación favorable hasta el 31 de diciembre de 2021, no han podido llevarse a ejecución, sea porque han sido licitados en una o más oportunidades sin que se hayan presentado oferentes o las propuestas hayan excedido el monto referencial o el disponible; o bien sea porque, justificadamente, el municipio respectivo estimó que aun habiendo realizado el llamado a licitación no hubiere sido viable su adjudicación en atención a las condiciones del mercado y el presupuesto disponible. En cualquier caso, la entidad postulante deberá acompañar los antecedentes que funden la respectiva situación invocada.
Esta situación deriva de las constantes alzas de precios de los bienes, escasez de materiales, así como de mano de obra, que se ha observado con el transcurrir de la pandemia de COVID 19, de alcance mundial y que también ha golpeado a nuestro país. Lo ocurrido con los proyectos, según antes se menciona y lo ha hecho constar la División de Infraestructura y Transportes del Gobierno Regional del Maule, afecta a iniciativas presentadas por los 30 municipios de la Región del Maule.
El objetivo de esta convocatoria especial es que los municipios que así lo deseen, puedan actualizar los antecedentes de proyectos presentados anteriormente y que hubieren obtenido recomendación favorable durante los años 2019, 2020 o 2021, sin que hayan podido ejecutarse a la fecha, por alguna de las causales indicadas en el párrafo anterior.
Se deja constancia de que, las iniciativas que cumplen con los requisitos para ser postuladas a la presente convocatoria, que no obtengan recomendación favorable en los plazos establecidos en ella, sólo podrán ser postulas como proyectos nuevos en futuras convocatorias al Fondo Regional de Iniciativa Local, en la forma y demás condiciones que establezca el pertinente instructivo y dentro del monto de recursos que, al efecto, se distribuya a cada comuna.

CONVOCATORIA El proceso de postulación especial de iniciativas de inversión al Fondo Regional de Iniciativa Local, año 2022, se realizará a través de la plataforma digital Maule Pro, a la que se accede desde la página web del Gobierno Regional del Maule (www.goremaule.cl).
Los municipios deberán reingresar sus proyectos a la plataforma digital Maule Pro a contar de 01 de junio de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2022. El proyecto que se ingrese debe ser el mismo que ya obtuvo recomendación favorable entre el 2019 y 2021, actualizado en sus costos y antecedentes cuya fecha de vigencia se encuentre vencida.
El Acta de Evaluación de cada iniciativa de inversión, será remitida al Municipio, vía correo electrónico, por la plataforma digital Maule Pro del Gobierno Regional.
Para ser seleccionadas para ejecución, las iniciativas presentadas en esta convocatoria deberán obtener la recomendación favorable antes del 30 de diciembre de 2022.
La digitalización del proceso de postulación especial al Fondo Regional de Iniciativa Local año 2022, responde al compromiso del Gobierno Regional del Maule con el cuidado y conservación del Medio Ambiente y también para promover las políticas de modernización e innovación pública al interior de la Administración del Estado.

ÁREAS DE TRABAJO
Podrá tratarse de proyectos de las tipologías incorporadas en las respectivas convocatorias de los años 2019 al 2021, ya que esta convocatoria especial es exclusivamente para la re-postulación de iniciativas ya recomendadas en el periodo respectivo, tales como:

a) Urbanización Básica: Mejoramiento y/o ampliación de redes de agua potable, alcantarillado sanitario, uniones domiciliarias, alcantarillado pluvial, iluminación pública, telefonía y conectividad, entre otros.

b) Vialidad: Pavimentación, reparación, mejoramiento de calzadas, pasajes, veredas, obras de arte, construcción de pasarelas, demarcaciones, señalización y equipamiento complementario a la vialidad.

• El Acta de evaluación de la iniciativa de inversión será remitida al Municipio, vía correo electrónico, por parte del profesional de la Unidad de evaluación de Proyectos de Infraestructura y Activos No Financieros, a cargo de la evaluación del proyecto.

• Las iniciativas presentadas para esta convocatoria deberán contar con recomendación favorable antes del 31 de mayo de 2022.

ÁREAS DE TRABAJO

El Fondo Regional de Iniciativa Local financiara proyectos que tengan como propósito mejorar la infraestructura comunal en las siguientes áreas de trabajo que se describen a continuación:
a) Urbanización Básica: Mejoramiento y/o ampliación de redes de agua potable, alcantarillado sanitario, uniones domiciliarias, alcantarillado pluvial, iluminación publica, telefonía y conectividad, entre otros.

b) Vialidad: pavimentación, reparación, mejoramiento de calzadas, pasajes, veredas, obras de arte, construcción de pasarelas, demarcaciones, señalización y equipamiento complementario a la vialidad.

c) Habilitación de Espacios Públicos: Permite habilitar espacios públicos que sean de uso cotidiano de la población y que signifiquen una mejora de su entorno, tales como construcción y/o reposición de áreas verdes, contemplando en ellas mobiliario urbano (bancas, basureros, jardineras, juegos infantiles, etc.), refugios peatonales, piletas, iluminación pública, etc.

d) Construcciones Comunitarias: Permite habilitar espacios para el desarrollo de actividades de encuentro comunitario a nivel local. Se financiarán proyectos de construcción, ampliación, reparación, etc., de Centros de la Mujer, Sedes Sociales, Salones Multiusos, Centros Culturales, Recintos Deportivos, etc.

e) Construcciones de Servicios Públicos: Permite construir, habilitar, mejorar o ampliar edificios públicos, tales como Escuelas, Postas Rurales de Salud, etc.

Cada iniciativa de inversión podrá destinar hasta un monto equivalente al 20% del costo total de las Obras Civiles para incorporar el Ítem Equipamiento y/o Equipos, considerándolos en el presupuesto (según como se indica en el Anexo N°2) y adjuntando tres cotizaciones de las unidades involucradas en los ítems.

Obras Civiles: Corresponde a las construcciones de edificios o de infraestructura en general, tales como Sedes Sociales, Escuelas, Plazas Públicas, Obras Viales, etc.

Equipos: Corresponde a maquinarias y/o equipos necesarios para el funcionamiento del inmueble, tales como Cocina, Refrigerador, Microonda, Generador Eléctrico, Panel Solar, Aire Acondicionado, etc.

Equipamiento: Corresponde a los bienes que permiten la implementación del inmueble tales como Sillas, Mesas, Escritorios, Estantes, Muebles, Escaños, Máquinas de Ejercicio y/o Juegos, etc.

Aquellas iniciativas que, por su complejidad, requieran la incorporación del ÍTEM CONSULTORÍAS para la contratación exclusiva de ASESORÍA A LA INSPECCIÓN DE OBRAS y con ello asegurar la calidad de la inversión, podrán considerar hasta un 5% del costo total de las obras civiles, debiendo adjuntar los Términos Técnicos de Referencia de la asesoría y la programación de pago que avale la solicitud.


Manual de Postulación


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Fondo Regional de Iniciativa Local



Postulación FNDR Sub. 31 con Evaluación MIDESOYF

Mediante este trámite las instituciones públicas habilitadas y aprobadas en la Ley de Presupuestos pueden postular al FNDR, iniciativas del subtítulo 31 que deben ser evaluadas externamente por Ministerio de Desarrollo Social y Familia (MDSYF). Este trámite de postulación se encuentra disponible durante todo el año del ejercicio presupuestario y el siguiente. Se requiere adjuntar solo; Oficio conductor de la autoridad competente, ficha IDI de postulación y certificado de alineamiento con PLADECO.